¿Qué tienen de especiales las denominadas “materias especiales” en la escuela? El caso de las artes visuales.

Escena 1:

Con motivo de los conflictos gremiales del sector docente que tuvieron lugar durante los primeros meses del año 2011 en la provincia de Santa Cruz y que derivaron en la suspensión de actividades escolares durante varios días, el Consejo Provincial de Educación sancionó el Acuerdo 079/11 con fecha del 29 de Junio de dicho año. En el mismo se aprueba el “Programa de acción aprender es prioridad” y los “Lineamientos básicos para el diseño del proyecto de acciones institucionales”.

En el punto 11 de estos últimos se establece: “Los supervisores de áreas especiales (Música, Plástica y Educación Física) de los niveles EGB/Primario y Polimodal/Secundario (según corresponda), diseñarán lineamientos orientadores para los docentes de esas áreas para que puedan planificar clases que resulten de relevancia pedagógica ajustándose a tiempos más limitados. Se analizará incorporar instancias de trabajo presencial y no presencial, trabajos prácticos, según se evalúe la situación de cada espacio curricular en cada institución educativa. Se establece que durante el presente ciclo lectivo 2011, las calificaciones de los alumnos en los espacios de áreas especiales (Música, Plástica y Educación Física) no tendrán carácter promocional. (El resaltado es del original).

 Escena 2:

En el Prediseño Curricular del año 2013 de la Nueva Escuela Secundaria de la Ciudad de Buenos Aires, se establece, para el 1º, 2º y 3º año de dicho nivel, la unidad curricular “Artes” como taller optativo.  La optatividad, según el documento, refiere a la posibilidad de que los estudiantes elijan entre, al menos, dos lenguajes artísticos tanto para primero, segundo y tercer año.

 

Esto implica que  podría darse la situación de  alumnos que transiten por su escolaridad secundaria sin haber tenido  ningún tipo de acercamiento al campo de las artes visuales si las mismas no están en la propuesta de la institución.

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